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Condenan, por violar a una menor, a un conductor de programa bailantero PDF Imprimir E-mail
Lunes, 05 de Septiembre de 2011 10:43

Villa Gesell

A través de un fallo dictado por el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores, el conductor de un programa bailantero de una radio del distrito, fue condenado a 9 años de prisión por la violación de una nena de 8 años.

El Tribunal estuvo integrado por los Dres. Carlos Colombo, José Luis Macchi y Fernanda Hachmann (encargada del primer voto), mientras que la parte acusadora estuvo a cargo del Fiscal Diego Bensi y la Defensa en el Dr. Luis Giordano.Con el voto unánime de los tres miembros del Tribunal, se condenó a Félix Armando Peñaranda, apodado “Copito”, de 48 años de edad, natural de la ciudad de Potosí, Bolivia y actualmente alojado en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor penalmente responsable del delito de Violación, a la pena de nueve años de prisión.

La Dra. Hachmann indicó que se probó que entre los meses de marzo y agosto de 1998, en el interior de la emisora "La Radio" de Villa Gesell, más precisamente en la sala de locución, un sujeto adulto desvistió a una menor que por esa fecha tenía entre ocho a nueve años de edad, sacándole la remera, el pantalón y la bombacha, quitándose el individuo el pantalón y calzoncillo, tras lo cual y previo tocar a la nena en sus genitales e introducirle un dedo en su vagina, la había penetrado vaginalmente. Luego de ello la amenazó para que no lo contara, diciéndole que iba a desaparecer o la iba a matar.

Para dar por acreditado el hecho la Juez consideró distintos elementos, entre ellos la declaración de la víctima en el Tribunal de Menores, quien dijo que “Copito” era amigo de su familia, que un día en la radio, luego de poner música le había sacado la ropa, y luego puesto “el coso” adentro de la cola, que ahora sabía que se llamaba vagina. Que lloró de dolor, que había sido amenazada, y que por eso en su casa tuvo miedo de contarle a su mamá.

El padre de la menor, quien no convivía con ella, al efectuar la denuncia manifestó que en virtud de la conducta de rebeldía que tenía su hija y los conflictos de aprendizaje que mostraba cuando tenía doce o trece años, había sido derivada a una psicóloga, y que esta luego de mantener una serie de entrevistas le había informado lo que a su hija le había ocurrido, tras lo cual formuló la denuncia.

La madre de la niña dijo haberse enterado a través de los dichos de la  psicóloga, que su hija había sido abusada y que el responsable era “Copito”.

La médico del Juzgado de Menores confirmó que la niña presentaba en la vagina un desgarro, el que generalmente se produce por la  penetración del miembro viril erecto.

Según el informe psicológico efectuado en el mismo Juzgado, no se advertían en la niña indicadores de fabulación o de ideación patológica, indicando la profesional  en el juicio sobre las situaciones abusivas a que la menor había estado expuesta.

La Dra. Hachmann precisó que los dichos de tres testigos “guardan entre sí y con los dichos de la menor víctima unan concordancia fundamental”, que llevaban a la convicción no solo de la existencia de los hechos sino también de que el procesado era su autor material. Además, valoró que el propio imputado reconoció haberse encontrado junto a la niña en el lugar de los hechos, aunque pretendió desligarse de lo sucedido.

la Juez y para dar una mejor comprensión del caso se refirió al Abuso sexual infantil, el que describió como “la utilización de un menor para satisfacer los deseos sexuales de un adulto”, indicando que es generalmente “un delito intrafamiliar, donde los implicados pueden ser familiares o amigos de la familia, con quienes existe una gran cuota de confianza y efecto”.

Precisó la Magistrada, que el abusador “convence a su víctima del peligro que existe para ella, para él y para su familia, si se divulga lo que pasa entre ellos, y que el niño o la niña termina por aceptar esta situación y se adaptan a ella para sobrevivir.
Fuente: compromisodigital.com.ar

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