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Multa al expendio de combustible sin casco PDF Imprimir E-mail
Lunes, 18 de Abril de 2011 00:00

La Cámara de Diputados bonaerense aprobó ayer,  jueves 14 de abril, un proyecto de ley que prohíbe a estaciones de servicio vender combustible a conductores de motocicletas o cuatriciclos que no lleven el casco reglamentario debidamente colocado.


El propietario del establecimiento destinado al expendio de combustible que no cumpla con esta reglamentación será sancionado con una multa equivalente a 100 a 1000 litros de nafta súper. Asimismo deberán informar al público de la prohibición indicada precedentemente, mediante medios visuales fijados en sus establecimientos. (Fuente: aninoticias.com.ar)
 

Multa al expendio de combustible sin casco
 

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