|
El pasado 5 de septiembre fue sansionada una nueva ordenanza para la regularización de ascensores y debido a las nuevas exigencias que recaen tanto sobre los administradores como sobre las empresas encargadas de los mantenimientos, se fijó un plazo de 90 días para poner en marcha la totalidad de los requisitos.
El Ingeniero Electricista Sebastián Gómez, encargado del área de electromecánica en la Municipalidad de Villa Gesell y el creador de la ordenanza que comenzará a implementarse con el objetivo de lograr un mejor servicio y más seguridad, indicó los alcances de esta nueva medida así como la importancia y necesidad del funcionamiento constante del área que conduce.
"El área se creó para poder aplicar las ordenanzas vigentes, esto fue en octubre de 2009, comenzó Gómez, "había que hacer relevamientos en todo Gesell y en cada edificio para ver el estado y las condiciones, y lo que encontré fueron muchas falencias". Para remediar esto, el Ingeniero, implementó "un sistema de multas que no existía; digitalizamos el área tratando de llevar un archivo de contratos porque cada edificio está ligado con una empresa de mantenimiento y por no menos de un año para poder hacer las revisiones mensuales en cada unidad"
Se estima en que la ciudad hay 263 ascensores en 190 edificios y, actualmente, "la mayoría cumple con todas las normas de seguridad, y el resto se va actualizando". Los requisitos serán tanto para los administradores como para las empresas que brindan el mantenimiento (dos locales, una de Pinamar y la otra de Mar del Plata).
Las empresas dedicadas al mantenimiento y conservación de los equipos de ascensores deberán contar con un responsable técnico, debidamente matriculado con incumbencia válida por el código actual; estar inscripta en el registro municipal; disponer de un local con telefonía fija para recibir reclamos y llamadas de emergencia, habilitado en el Partido; y el contrato formalizado con el propietario o su representante legal, debe estar visado por el colegio correspondiente al profesional matriculado.
Por su parte, los administradores o consorcios que cuenta con un edificio con ascensor deber tener firmado un contrato de un período mínimo de un año con una empresa que esté registrada y habilitada por la Municipalidad de Villa Gesell.
Fuente: gesellaldia.com.ar
|